INTERVENCIÓN EN PROCESOS JUDICIALES NACIONALES

En virtud a lo dispuesto por el Artículo 231 núm. 1) de la Constitución Política del Estado (CPE), Art. 8 núm. 1) de la Ley N° 64 de 5 de diciembre de 2020, “Ley de la Procuraduría General del Estado" modificada por Ley N° 768 de 15 de diciembre de 2015, una de las funciones de la Procuraduría General del Estado (PGE), consiste en defender judicial y extrajudicialmente los intereses del Estado, asumiendo su representación jurídica e interviniendo como sujeto procesal de pleno derecho en todas las acciones judiciales y administrativas, en el marco de la CPE y la Ley.

El Subsistema de Intervención de la PGE es el conjunto de normas y procedimientos que permiten a la PGE intervenir y participar en los procesos judiciales. En tal sentido, la Intervención es la participación como sujeto procesal de pleno derecho que realiza la PGE en procesos judiciales.

La Intervención de la PGE como sujeto procesal de pleno derecho en procesos judiciales, se encuentra delimitada por los numerales 17), 18) y 19) del Art. 8 de la Ley N° 64 de 5 de diciembre de 2010, concordante con el Art. 27 del Decreto Supremo N° 2739, teniendo como objetivo la participación directa y efectiva:

  1. En procesos penales, civiles y coactivos fiscales en los que tenga participación el Estado, a ser determinados por relevancia social y económica, cuya cuantía es establecida anualmente por Resolución Procuradurial.
  2. En procesos penales, civiles y coactivos fiscales, cuando la MAE en ejercicio de una institución, entidad o empresa pública, producto de un informe o dictamen aprobado o emitido por la Contraloría General del Estado, sea demandada o procesada por hechos cometidos en el ejercicio especifico de sus funciones, que atenten contra los intereses del Estado.
  3. Excepcionalmente, a solicitud del Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, en procesos judiciales o extrajudiciales específicos, en defensa de los intereses del Estado.

En la presente gestión, el Procurador General del Estado emitió la Resolución Procuradurial PGE/DESP N° 2/2023 de 5 de enero de 2023, mediante la cual dispuso aprobar, la cuantía para la participación de la PGE, en calidad de sujeto procesal de pleno derecho en procesos judiciales en los que tenga participación el Estado en:

Igual o superior a Bs. 7.000.000,00 (Siete Millones 00/100 Bolivianos).

De la misma forma, en virtud a lo dispuesto por el Art. 231 num. 1) y Art. 2 de la Ley N° 64, a objeto de precautelar y defender los intereses del Estado, en razón a la cuantía señalada precedentemente, instruyó la Intervención en:

  1. Procesos Contenciosos.
  2. Procesos Contenciosos Administrativos.
  3. Procesos Contenciosos Tributarios.
  4. Procesos Agroambientales.

La Intervención de la PGE, no sustituye ni suple la actividad o exime de responsabilidad a las unidades jurídicas o la instancia a cargo de los procesos judiciales de la administración pública e implica la labor de coordinación de las acciones jurídicas para la efectiva defensa legal del Estado.

Las Resoluciones Procuraduriales emitidas por la PGE en el marco de la Ley de la Procuraduría General del Estado, son las siguientes:

 
 
 
Resoluciones Procuraduriales Descarga
Resolución Procuradurial Nº 002/2023, de 5 de enero de 2023
Resolución Procuradurial Nº 006/2022, de 10 de enero de 2022
Resolución Procuradurial Nº 005/2019, de 8 de enero de 2019
Resolución Procuradurial Nº 03/2018, de 9 de enero de 2018
Resolución Procuradurial Nº 133 - 2017, de 19 de julio de 2017