CIDH reconoce que Bolivia está en el camino correcto en la lucha contra la violencia sexual

Kingston, 9 de mayo de 2019.- El día de ayer se llevó a cabo la Audiencia Pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre “Denuncias de violencia sexual contra adolescentes en Bolivia”, solicitada por las organizaciones Equality Now, la Coordinadora de la Mujer y la Oficina de la Mujer, entre otras, en la que el Estado boliviano estuvo representado por el procurador General, Pablo Menacho.

Durante la Audiencia Pública, el procurador General explicó ampliamente las importantes medidas adoptadas por el Estado boliviano para la lucha contra la violencia sexual contra niñas y mujeres adolescentes, incluyendo:

La Política Pública Integral para una Vida Digna de las mujeres, niñas y adolescentes, aprobada mediante Decreto Supremo N° 3106, de 8 de marzo de 2017, que tuvo como resultado la creación del Sistema Integral de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia en Razón de Género(SIPASSE); y

La Agenda de Despatriarcalización Para Vivir Bien, que tuvo como resultado el Servicio Plurinacional de la Mujer y la Despatriarcalización “Ana María Romero”, en homenaje a la primera Defensora del Pueblo en Bolivia. Esto se efectuó a través del Decreto Supremo Nº 3774, de 16 de enero de 2019, que, por un lado, dispone la conformación de un Gabinete Especial de Lucha contra la Violencia hacia la Mujer y la Niñez y, por otro lado, tiene como finalidad monitorear, realizar el seguimiento y evaluar el cumplimiento de las políticas públicas hacia la despatriarcalización, a favor del ejercicio efectivo de los derechos de las mujeres.

La aprobación de la Ley N° 348, de 9 de marzo de 2013, Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, que garantiza a todas las personas, en particular a las mujeres, el derecho a no sufrir violencia física, sexual y/o psicológica tanto en la familia como en la sociedad, con medidas protectivas y políticas de capacitación y especialización en materia de violencia.

Con relación a la información brindada por el Estado, la ex presidenta de la CIDH, Comisionada Margarette May Macaulay, agradeció al procurador General por los pasos que está tomando el Gobierno para lidiar “de manera integral” con estos actos. “Me da cierta esperanza ver que el Estado Plurinacional de Bolivia se está moviendo en la dirección correcta”, dijo Macaulay.

Por su parte, el relator para Bolivia, Comisionado Francisco José Eguiguren, dijo sentirse particularmente satisfecho que el tema haya sido presentado ante la CIDH. “Me parece positivo escuchar al Estado, en la persona del procurador General, respecto a estas decisiones que indican estar en un camino correcto”, señaló Eguiguren. Asimismo, a tiempo de resaltar la paridad de género que existe en el Órgano Ejecutivo y en la Asamblea Legislativa, solicitó al Estado realizar las gestiones para la modificación del tipo penal de violación, estableciendo como su elemento central el consentimiento.

Durante la Audiencia Pública, también se hizo referencia a la elaboración de tres (3) herramientas específicas y acciones concretas del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, como ser: 1) El Protocolo de Prevención, Atención y Sanción a toda forma de Vulneración a la Integridad Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes; 2) Una Ruta Crítica para la Lucha Contra la Violencia Sexual a Niñas, Niños y Adolescentes; y 3) la Línea Base sobre las situaciones de violencia sexual a niñas, niños y adolescentes en las regiones del Altiplano, Valle y Oriente.

Nuestro presidente Evo Morales, continuando con la política del Estado boliviano de protección a niñas, niños y adolescentes, recientemente, en el pasado viernes, 3 de mayo del año en curso, promulgó la “Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres” manifestó el Procurador general del estado Pablo Menacho, en la ponencia internacional.

La Ley de Abreviación Procesal establece una serie de medidas de protección en casos de violencia contra niñas, niños o adolescentes, a fin de evitar que este tipo de hechos produzcan mayores consecuencias y se cometan nuevos hechos de violencia. Específicamente, Menacho explicó que la Ley de Abreviación Procesal, en primer lugar, establece que la suspensión condicional del proceso no es procedente cuando se trata de delitos contra la libertad sexual, cuyas víctimas sean niñas, niños o adolescentes y, en segundo lugar, limita la prescripción de los delitos contra la integridad corporal y la salud o contra la libertad sexual de niñas, niños y adolescentes.